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Un cambio cultural que, poco a poco, se impone en la Provincia

10-12-2019

Campaña "Pirotecnia Cero"
La Municipalidad de Lincoln recuerda que se encuentra prohibida la fabricación, comercialización y uso de elementos de pirotecnia en todo el ámbito de nuestro distrito, a través de la Ordenanza 2381/17 y el Decreto de reglamentación 3565/17.

De acuerdo a esta legislación se entiende por pirotecnia la técnica de fabricación y utilización de materiales explosivos como cohetes, petardos, rompe portones, bombas de estruendo, cañas voladoras, luces de bengala, fuego de artificio y cualquier otro elemento similar de carácter pirotécnico que produzca combustión y genere efecto audible o sonoro cualquiera fuera su naturaleza y característica.

Cabe apuntar que el incumplimiento a la Ordenanza puede dar lugar a diversas sanciones como multas de hasta tres sueldos mínimos de agente municipal, decomiso de los elementos probatorios de la infracción, clausura del local comercial por 10 días si se tratare de la primera infracción. En caso de reincidencia, la multa oscilará entre 5 y 10 sueldos mínimos y la clausura puede alcanzar un lapso de 60 días. A la tercera infracción, se procederá a la clausura definitiva del local comercial.

Desde 2017 –año de sanción de la ordenanza- ha sido notoria la disminución del uso de cohetes y fuegos artificiales. A su vez, tampoco se han registrado ni heridos ni lesionados en los diferentes centros de salud de la ciudad durante las últimas fiestas.

Actualmente, son alrededor de 35 municipios los que prohibieron esta práctica: Ayacucho, Azul, Vicente López, Hurlingham, Necochea, Salto, Guaminí, Mercedes, Adolfo Alsina, Baradero, González Chávez, Daireaux, General Pinto, Coronel Suárez, Lincoln, Bahía Blanca, Lezama, Castelli, Chascomús, Zárate, Partido de la Costa, Florencio Varela, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Junín, Coronel Rosales, Coronel Pringles, Bragado, Salliqueló, Rivadavia, San Pedro, Ramallo, Olavarría y Chivilcoy.

BEBIDAS ALCOHÓLICAS: SE EXTIENDE EL HORARIO

A partir del 1 de diciembre ya rige en nuestro distrito -y en el territorio bonaerense- la autorización para el expendio de bebidas alcohólicas hasta las 23 horas en supermercados, almacenes, kioscos, delivery (y otros locales no regulados por la “Ley de Nocturnidad”). Este permiso será válido hasta el 30 de abril de 2020 para toda la provincia de Buenos Aires, según lo estipula la normativa provincial.

Es el segundo año consecutivo en que se fija esta disposición y aplica para la venta, expendio, suministro minorista y entrega a domicilio de bebidas alcohólicas. Esta medida tiene como objetivo beneficiar a los comercios y fomentar la actividad turística.